Beneficios fiscales

Incentivos de Inversión

Instrumentos estatales, federales e internacionales: consulta su fundamento, condiciones y vigencia.

Tres niveles · condiciones propias

Qué instrumentos puede revisar tu proyecto

Cada instrumento tiene requisitos y restricciones de compatibilidad. Los beneficios no se suman automáticamente.

Nuevo León

Estatales

Se otorganEl Consejo evalúa caso a caso y firma convenio

Ley de Fomento, arts. 21 BIS y 27; reglamento, art. 14. Fiscales, económicos y no económicos, con requisitos propios.

ISNPorcentaje y plazo: decide el ConsejoI+DPrioridad y apoyo sujetos a evaluación2025Programas anuales: sólo antecedentes
Explorar los estatales Ley, reglamento y antecedentes
México

Federales

Se tramitanRegistro o constancia ante SE / SAT / SHCP / SECIHTI

Leyes, decretos y reglas federales: cada régimen requiere comprobar supuestos, obligaciones y compatibilidad.

41–91%Plan México: según bien o actividad, 2025–2026IMMEXImportación temporal con condiciones30%EFIDT: base incremental y autorización
Tratados y multilaterales

Internacionales

Se revisan según la operaciónTratados, origen, nacionalidad y financiamiento

Tratados comerciales y de inversión, convenios fiscales y financiamiento multilateral. El alcance depende de cada instrumento.

T-MECOrigen y requisitos del productoAPPRIProtección según el tratado aplicableBDANElegibilidad por ubicación y proyecto
Explorar los internacionales 11 instrumentos y marcos

El sector, municipio y proyecto orientan la revisión. SIIIA acompaña; la autoridad competente decide la elegibilidad, el monto y las condiciones.

Consultar mi proyecto
3%La tasa general del ISN es 3%. Una eventual reducción requiere el fundamento y la resolución aplicables.Ley de Hacienda de Nuevo León · art. 157
Orientación rápida

¿Qué instrumentos revisar?

Elige tu perfil y te decimos qué instrumentos revisar en cada nivel, con liga directa a su detalle.

Orientación por perfil, sin determinar elegibilidad ni acumulación. Los antecedentes de 2025 están fuera de esta selección.
Orientación del equipo

¿Cuáles aplican a tu proyecto?

Comparte tu sector, municipio y proyecto. El equipo SIIIA orienta la revisión y los siguientes pasos; una consulta no constituye una autorización.

Incentivos por nivel

Estatal

Instrumentos
ISN, derechos estatales, prioridad I+D, apoyos económicos y acompañamiento. Antecedentes 2025 por separado.
Qué dan
El Consejo fija el porcentaje para empleos directos generados en Nuevo León. Los incentivos fiscales del art. 27.I no dependen de disponibilidad presupuestal y tienen un máximo de cinco años, sin ampliación ni renovación. No se puede invocar otro decreto para extender el mismo subsidio. Los cuatro programas anuales de 2025 se muestran como antecedentes y no se ofrecen para nuevas solicitudes en 2026. Los beneficios ya otorgados se revisan conforme a su resolución.
Fundamento publicado
Ley de Fomento · arts. 21 BIS / 27 / 28; Reglamento · arts. 14 / 17 / 49; Decreto 120 · 29-09-2025.

Federal

Instrumentos
Plan México; IMMEX; PROSEC; Regla Octava; OEA; EFIDT
Qué dan
Para inversiones de 2025–2026, el decreto fija porcentajes de deducción inmediata entre 41% y 91% según el bien o actividad. También prevé una deducción adicional de 25% del incremento en gastos elegibles de capacitación o innovación frente al promedio de los tres ejercicios previos. No reduce la tasa del ISR.
Fundamento publicado
Plan México · DOF 21-01-2025 / 21-03-2025; IMMEX · art. 24.I; LIVA · art. 28-A; LISR · art. 202.

Internacional

Instrumentos
T-MEC; CPTPP; Acuerdo Global México-UE
Qué dan
Cada instrumento tiene requisitos y restricciones de compatibilidad. Los beneficios no se suman automáticamente. El trato preferencial depende del producto, origen y demás requisitos aplicables. El comunicado 55 de Economía del 1-jul-2026 informa revisiones anuales y vigencia hasta 2036; las partes pueden acordar su extensión en esas revisiones.
Fundamento publicado
T-MEC · SE 55 / 01-07-2026; CPTPP–UK · DOF 22-06-2026; México–UE · 22-05-2026.

Revisión de fuentes: 5 de octubre de 2026. La orientación no sustituye la resolución de la autoridad ni la revisión fiscal del proyecto.